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En un artículo anterior (consúltalo aquí) explicamos como el Grupo Renfe impuso unilateralmente la reducción de jornada a 37,5 horas semanales a partir del 1 de julio de 2019, estableciendo la jornada de la siguiente forma:

Días de trabajo/Días de trabajo años bisiestos

Jornada anual/Jornada años días bisiestos

Jornada semanal media

Jornada diaria media

Situación I Convenio Colectivo

215 / 216

1720 h. / 1728 h.

40 h.

8 h.

Nueva jornada a partir del 1 de julio, con efectos 1 de enero (II Convenio Colectivo)

213 / 214

1642 h. / 1649 h.

38 h. 35’

7 h. y 43’

 

En la instrucción publicada por el Grupo Renfe, para la aplicación de la DA 144 de la Ley 6/2018, se estableció la jornada anual en 1642 horas a realizar en 213 jornadas, como detallamos en la tabla anterior.

En la sentencia que analizamos hoy se declara que el calendario laboral de los trabajadores de la BMI de Valladolid de Renfe Fabricación y Mantenimiento se debe ajustar a 213 jornadas de trabajo.

 

El caso concreto planteado:

La compañía confeccionó el calendario anual del 2021, para los trabajadores de la BMI de Valladolid, superando las jornadas anuales establecidas. Concretamente figuró que debían realizar 214 jornadas durante el año 2021, por lo que superaba en una jornada el máximo establecido por la propia compañía, lo que implicaría además la realización de horas extraordinarias.

Por este motivo, uno de los sindicatos con representación en el Comité de Empresa de Valladolid interpuso demanda de Conflicto Colectivo ante los Juzgados de lo Social, a la que se adhirieron el resto de organizaciones sindicales, el cual estimó la demanda declarando que las jornadas efectivas de trabajo para el año 2021 son 213 distribuidas a lo largo del año, siendo recurrida dicha sentencia por la compañía ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

 

La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León

Puedes consultar la sentencia en este enlace

La TSJCyL desestima el recurso de Renfe Fabricación y Mantenimiento SME SA y confirma la sentencia del JS.

El TSJCyL fundamenta su decisión en que:

  1. Aceptándose por la empresa, tal y como se dice en el recurso, y hemos expuesto, que en el año 2021 los trabajadores deben efectuar su prestación de servicios sólo durante 213 días parece razonable y ajustada a derecho la resolución recurrida en la medida que sirve de elemento clarificador al propio Calendario Laboral, pues una, y no menor, finalidad de este es dar certeza y seguridad en cuanto al alcance de la jornada laboral, y ciertamente en los términos en que está redactado no la da, pues puede lógicamente cuestionarse cuál es la jornada real establecida por la empresa cuando se dice en el Calendario Laboral días laborables 220, por lo que aun descontando los 6 días de licencia podría concluirse que los días en que se debe trabajar en 2021 son 214 el lugar de 213, en lo que todas las partes coinciden que son los máximos. Repárese que la precisión que a este respecto hace la empresa en el recurso si la hubiera efectuado en el propio Calendario es más que probable que este procedimiento de conflicto colectivo no hubiere existido.

 

Por tanto, el TSJCyL confirma la decisión del JS de Valladolid en la que se declaró que la jornada laboral de los trabajadores de la BMI de Valladolid en el año 2021 es de 1.642 horas a razón de 7 horas y 43 minutos diarios y que las jornadas efectivas de trabajo en 2021 son 213 distribuidas a lo largo del año.

 

Ante estos hechos acaecidos en la BMI de Valladolid, desde ALFERRO recomendamos a todos los trabajadores del Grupo Renfe, en especial al personal con descanso dominical, que reviséis el número de jornadas anuales realizadas durante el año 2020 y las que vais a realizar en el año 2021 para comprobar si se ajustan al máximo establecido. En caso de superar 214 jornadas el año 2020, por ser bisiesto, y 213 jornadas el año 2021 os adjuntamos dos modelos de reclamación para que los presentéis a vuestras jefaturas.

Documento para reclamar los excesos de jornada de 2020

Documento para reclamar que se ajusten las jornadas en 2021

En la sección de jurídica te podremos ayudar en lo que necesites, no dudes en preguntarnos.