Comunicado 1/2024 – «Vaiven» en los procesos de Movilidad

Continuos e incomprensibles vaivenes en los procesos de movilidad, y siempre a contracorriente de normativa y del interés del colectivo, desde la torticera cláusula 14.6 del I CC G. RENFE hasta los reiterados incumplimientos en cada uno de los procesos. También en esta ocasión a posteriori y una vez más se incumplen Normativa y Bases, comprometiendo por enésima vez la seguridad jurídica del proceso.

La Bolsa de Reserva se creó “[…]para atender aquellas necesidades urgentes y sobrevenidas que, analizadas por la Comisión de Seguimiento, se considere imprescindible su cobertura.” Sin embargo, aún con 223 solicitudes “sin plaza” en el POI23-05/1387 de Conducción (Bolsa de Reserva), la Comisión de Seguimiento (Empresa, SEMAF, UGT y CCOO), asigna 111 plazas (Acta de 19-12-2023) a personal de Beca Formativa en Residencias que solicitaron en 1a preferencia los 107 participantes a quienes se las negaban 3 semanas antes, afectando probablemente también a quienes se resignaron con su segunda o posterior. Fuencarral, Atocha y Móstoles (61 solicitudes en Bolsa) reciben 42 becari@s, Oviedo (12 solicitudes en Bolsa), recibirá 10, y Vigo y A Coruña (7 y 7 solicitudes en Bolsa) recibirán 4 y 2 respectivamente.

Para adjudicación de plaza al personal de Pase de otros Colectivos al de Conducción, se acordó que no sería posible en residencias sobre las que existiera Bolsa de Reserva derivada de procesos de Movilidad (Acta 28-06-2023 Comisión Negociadora III CC G. RENFE). ¿Entonces no y ahora sí?… Contradicción tras contradicción, sin ideas claras.

Por otro lado, la Normativa (Acta 22-noviembre-2019), que permite la posibilidad de asignar 2 residencias, matiza que “[…] se asignará al trabajador una primera residencia transitoria y una segunda a la que sería destinado en el momento en el que sea cubierta la plaza transitoria que él ocupa”. Pues bien, para mayor enredo y confusión, las plazas mencionadas son asignadas como segundas residencias. Se confunden -o pretender confundirnos- al reflejar en Acta justamente lo contrario (que las abandonarán en un plazo improrrogable de 12 meses). ¿Por qué las asignan como segunda (propia) y no como primera (no propia), que es lo que procedería? ¿Por desidia?, ¿Por autoritarismo? Es obvio que han dedicado muy poco tiempo a la lectura, análisis y entendimiento de lo que firman, y que acuden con los deberes sin hacer… o peor, que su intención no sea la que se aparenta. Comisión de Movilidad y transparencia son, al parecer, incompatibles.

Un apaño -que no solución- que multiplica la formación por 2 agentes, por 2 residencias y por 2 la formación práctica (experiencia profesional inferior a 5 años). Infumable el pretexto de cumplir con la Jornada del III Convenio, porque lleva meses aprobada y porque era totalmente previsible su repercusión en determinadas Residencias.

ALTERNATIVA FERROVIARIA (ALFERRO), que ha impugnado el contenido del Acta 19 de diciembre de 2023, anima a los afectados a contactar con los delegados de ALFERRO o con el servicio jurídico ([email protected]) para iniciar los trámites de reclamación.