La Audiencia Nacional avala la Demanda presentada por ALFERRO mediante Conflicto Colectivo solicitando claridad en todos los conceptos de los recibos de las nóminas, demanda a la que también se adhirió SF, y que va en línea con la dictada previamente, aunque entonces sólo para “variable vacaciones” y “atrasos”.
La empresa pretendió, sin éxito, deslegitimar a ALFERRO por partida doble. Por un lado, cuestionando la representatividad de ALFERRO en Renfe, y por otro, además, haciendo alusión a la “infructuosa litigiosidad de la organización sindical actora”, refiriéndose a la desestimación de la demanda sobre la Movilidad de Conducción. Sobre lo primero, lo desmiente el HECHO PROBADO TERCERO, que detalla y reafirma la representatividad de ALFERRO en Renfe. Y sobre lo segundo, la malintencionada pretensión de la empresa queda afeada en el FALLO de la propia sentencia, al mencionar expresamente:
“[…] Por ello procederemos a la estimación de la demanda, y al efecto resulta irrelevante de un lado que hayan fracasado anteriores demandas del sindicato ALFERRO, máxime cuando el planteamiento de conflictos colectivos es con arreglo al art.2.2 de la LOLS” (Ley Orgánica de Libertad Sindical)»
FALLO DE LA SENTENCIA:
«[…] declaramos la obligación de la empresa de aclarar y desglosar todos los conceptos salariales variables y atrasos e incidencias (procesos AT/IT, huelgas, licencias sin sueldo, liquidación primas variables, sanciones, etc.), especificando las fechas a las que corresponden, los días efectivamente abonados en los conceptos salariales fijos y de entregar las nóminas con la debida claridad y separación de las diferentes percepciones ajustándose a las exigencias de claridad y transparencia que se deducen del artículo 29.1 párr.3o del ET y de la Orden de 27/12/1994, […].”
Vemos pues que la empresa, a falta de razones y de argumentos, se mantiene en su política de descalificación hacia nuestra Organización y hacia algún minoritario, compartida por una parte mayoritaria del CGE. La actitud de ALFERRO evidencia el acomodo y apatía sindical de otros, lo que sin duda determina el tratamiento que recibimos algunas organizaciones. Muestra de ello, la pretensión, afortunadamente fallida por sentencia judicial, de desalojar a SF de sus locales históricos, requiriéndoles además una desorbitada indemnización.