Comunicado 22/2024 – Compensación de excesos de jornada: con acuerdo o junto a vacaciones

En Acta de 4 de julio de 2023 marcaron el alcance de los excesos de jornada, derivados de la cláusula 5a (Reducción Jornada 7h13m) del III Convenio, contemplando:

“2) Que, dada la retroactividad en la aplicación de la regulación de las jornadas desde el 1 de enero de 2023 para las personas trabajadoras adscritas a cuadros de servicio, ambas partes acuerdan que los tiempos que dan derecho al descanso compensatorio puedan disfrutarse hasta el 30 de junio de 2024”

Tres días antes de agotar el plazo, Acta de 27 de junio de 2024, la Comisión acordó posponerlo hasta el 31 de marzo de 2025, prórroga que, recordemos, RENFE nos negó a tod@s los ferroviari@s cuando para la negociación de la jornada del 2o Convenio y con el pretexto de haber alcanzado la fecha límite acordada (30 mayo 2019), la empresa impuso torticera y unilateralmente 213 jornadas/año y 7h43m/día en lugar de ampliar el plazo para posibilitar un acuerdo con la RLT, que pedía unánimemente 205 jornadas/año.

No contentos con los líos en los que continuamente nos meten con sus tropiezos negociadores, y haciendo alarde de su complicidad con la Empresa, SEMAF y UGT se han personado en la Audiencia Nacional para manifestar que, en compensación de excesos, la empresa cumple el Convenio y el Desarrollo Profesional, es decir, que está compensando los excesos en fechas acordadas con el trabajador o junto a vacaciones (Ja!).

“La Empresa y sindicatos demandados comparecientes (SEMAF y UGT) manifiestan que se está cumpliendo la cláusula 5a del III Convenio Colectivo, el acuerdo de Desarrollo Profesional y los acuerdos recogidos en las actas de 4- junio-2023 y 27-junio-2024. En el mes de diciembre 2024 serán analizados […]”

Aun no siendo cierto en la gran mayoría de casos, eso ha forzado el desistimiento del Conflicto Colectivo presentado por ALFERRO (adjuntamos el acta), pero refuerza lo que defendíamos en el procedimiento. Con lo que, a quienes os impongan las fechas de disfrute para los excesos generados (con + de 90 días) sin juntarlos con las vacaciones, es necesario os pongáis en contacto con vuestra Sección Sindical ALFERRO o a través de [email protected] para presentar demanda individual.