Comunicado 25/2024 – Ascenso a OCEN1 también salarialmente

El 18-noviembre-2024 debieron ascender a Subgrupo Especializado todos los adjudicatarios de plaza OCN1 en el proceso de Movilidad Funcional PO 04/2021-2. Sin embargo, no todos ellos han percibido en nómina noviembre-2024 las retribuciones correspondientes al subgrupo Especializado (L11) desde dicha fecha.

Quizá se trate de un error administrativo, porque de no ser así no se entendería que la Empresa pretendiera disociar nuevamente (ver Comunicado 47/2022 (22-09-2022) las fechas de nombramiento (publicación listado definitivo) y la de ascenso (3 años en Subgrupo) por un cómputo incorrecto y torticero de este último con la perversa intención de retrasar la fecha de inicio de abono de retribuciones asociadas al ascenso a Especializado, y además pudiendo repercutir en el ordenamiento en los Listados de Colectivos.

De ser ese impago fruto de la no consideración de la fecha del nombramiento OCN1 (18-11-2021) como fecha de inicio de permanencia en subgrupo, se estarían incumpliendo las Bases del proceso, que no dejan lugar a dudas que la fecha del nombramiento es la misma que la de resolución, es decir, la de publicación del listado definitivo, el 18-noviembre-2021.

7o:  “Los participantes […] de Operador Comercial N1 e iniciarán el correspondiente curso de formación una vez se produzca su incorporación efectiva”.
10a  “[…], todos los trabajadores/as que obtengan plaza en esta convocatoria en régimen de movilidad funcional, tendrán la misma antigüedad.”
8o  “Los participantes que superen el referido curso de formación deberán cumplir el tiempo que reste para completar el periodo de prueba establecido”

En resumen: todos los adjudicatarios de plaza en ese ascenso pertenecen de manera efectiva a la categoría OCN1 desde el 18-11-2021, sin que el nombramiento guarde relación con su periodo formativo, periodo que además forma parte del cómputo de del periodo de prueba, y por tanto también del tiempo de permanencia efectiva en Subgrupo OCN1 (computa para promocionar al Subgrupo Especializado).

Es sumamente importante que los periodos de permanencia en subgrupo necesarios para los ascensos automáticos estén ligados a la fecha del nombramiento y no a la del inicio o fin del periodo formativo, fechas que no está garantizado sean iguales para todos los participantes (por ejemplo, por una demora de traslado). ALFERRO ha urgido a la Empresa, en escrito remitido el 20 de noviembre, a que regularice las retribuciones con fecha de ascenso a OCN1 Especializado a todos los efectos, también salarialmente, del 18-noviembre-2024.