El III Convenio Colectivo del Grupo RENFE, en su cláusula 13a, establece con claridad que el permiso de lactancia acumulada podrá disfrutarse en jornadas completas, alcanzando un total de 16 días laborables (19 en caso de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento múltiples). La expresión “días laborables”, según ha reiterado la jurisprudencia, se refiere exclusivamente a aquellos en los que la persona trabajadora tiene obligación efectiva de prestar servicios, conforme a su calendario individual.
Sin embargo, las sociedades del Grupo Renfe están aplicando un criterio restrictivo, computando el permiso de lunes a sábado, con independencia de si existen o no obligaciones laborales en esos días. Esta interpretación desvirtúa el derecho reconocido, reduciendo de facto el tiempo de cuidado del menor y dificultando la conciliación familiar y laboral.
Desde ALFERRO hemos interpuesto demanda de conflicto colectivo ante la AN, por entender que esta práctica vulnera tanto la literalidad del convenio como el derecho a la conciliación, protegido por la Constitución, el Estatuto de los Trabajadores y la Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
Esta conducta, además, contradice abiertamente la jurisprudencia consolidada. La Sentencia 431/2024 del TS, dictada precisamente contra el Grupo Renfe, estableció que los permisos retribuidos deben disfrutarse sobre días de trabajo efectivo, excluyendo expresamente descansos, festivos o días no laborables. A pesar de ello, la empresa reincide en el mismo proceder, ignorando lo resuelto por los tribunales y actuando como si estuviera por encima de la legalidad.
Ya en diciembre de 2024, desde ALFERRO advertimos públicamente esta deriva en nuestro COM-31, donde denunciábamos que la cláusula 13a, lejos de ampliar derechos, los había recortado en casos de nacimiento múltiple, al no respetar la proporcionalidad establecida en el ET. La empresa desoyó aquella advertencia y persiste ahora, vulnerando tanto la norma como los principios básicos de conciliación, y bloqueando cualquier posibilidad de solución negociada.
Reiteramos nuestro compromiso con la defensa de los derechos laborales y, en especial, con el respeto a la conciliación y la protección del menor. Derechos como este no pueden quedar a merced de interpretaciones interesadas ni de estrategias dilatorias.