Comunicado 28/2025 – «LogiRAILear» Renfe, abaratando puestos de trabajo, en connivencia con la RLT

Ayer, la mayoría de la Comisión Negociadora del IV Convenio Colectivo, firmó un acuerdo que modifica la Clasificación de Categorías (Acuerdo de Desarrollo Profesional) creando la figura de “Operador de Entrada de Centros de Gestión de Incidencias y Operaciones”, rebajando condiciones laborales y retributivas, condicionando y/o restringiendo la promoción interna que garantiza experiencia, profesionalidad y también una retribución acorde con la responsabilidad del puesto, incumpliendo el art. 108.1 del TRNL y el Acuerdo de Garantías de 2013, como ya vienen haciendo para puestos de conducción.

Los CGO no son un área más, se trata de puestos estratégicos, y así lo reconocen las partes en varias reuniones previas; pero sin embargo optan por ningunearlo salarialmente, precarizando el puesto de trabajo, rebajando el subgrupo a 2 niveles salariales por debajo del actual, pero sin reducir funciones (al contrario), estableciendo doble escala salarial: mismo puesto de trabajo y funciones, pero distintos derechos/ retribuciones, en función de la fecha de acceso.

La solución debe pasar necesariamente por reconocer la responsabilidad del puesto, formando convenientemente, como sí que contempla el acuerdo. Pero de nada servirá si RENFE sigue dejando desatendidos o cierra Centros de Gestión, saturando el resto, que cada vez abarcan más ámbitos con la misma o menor plantilla -o menor horario- para prestar el servicio. Tampoco ayuda que roten en el puesto personas de distinta categoría, por lo que necesariamente debe unificarse funciones y salarios, pero al alza, no a la baja como han acordado. Tratar estos puestos como si fueran de “entrada” puede suponer una grave imprudencia para el funcionamiento del servicio, que ya actualmente tiene carencias notables.

Desde ALFERRO denunciamos esta decisión. Consideramos que el acuerdo alcanzado carece de validez y eficacia jurídica, al no haberse integrado en el IV Convenio Colectivo. Las materias que tratan y pretender modificar no pueden ser alteradas mediante este tipo de acuerdos. Y menos aun cuando generan una evidente desigualdad entre trabajadores que realizan las mismas funciones.