“Tres tristes párrafos…”. Así podríamos titular el penoso relato judicial que RENFE ha firmado con su propia estrategia procesal. Y es que, para evitar que prosperara la demanda presentada por ALFERRO ante la Audiencia Nacional, a la empresa no se le ocurrió otra cosa que afirmar, con toda la cara, que ya no aplica las cláusulas del Acuerdo de Desarrollo Profesional que permiten detraer de la prima variable los días de huelga, las bajas médicas, las sanciones y las licencias sin sueldo. Como si lo dijera el oráculo de la honestidad. Como si no estuviéramos cansados de ver regularizaciones donde esas detracciones siguen figurando, línea por línea, céntimo a céntimo.
Lo curioso —por no decir trágicamente cómico— es que la Sala le compra el relato sin más y concluye que, efectivamente, esas previsiones del ADP han quedado derogadas por el III Convenio Colectivo, ya que no fueron recogidas en el texto finalmente aprobado. La Audiencia razona que, como en el borrador inicial sí aparecían esas deducciones y la Dirección General de Trabajo obligó a retirarlas —a instancias de ALFERRO, por cierto—, su eliminación implica, conforme al art. 86.5 del Estatuto de los Trabajadores, una derogación tácita. En resumen, si ya no están en el nuevo convenio, ya no existen. Y si la empresa dice que no las aplica, habrá que creérselo… aunque la realidad diga lo contrario.
Así se cierra el círculo del absurdo. RENFE asegura que no penaliza con la prima, el tribunal lo ratifica, pero los trabajadores siguen viendo descontados los días de baja, sanción o huelga en la regularización. Una vez más, la empresa se retrata. Niega lo que hace, sostiene en juicio lo que desmiente en nómina, y pretende salir ilesa de todo ello, como si jugar con el sueldo de la gente fuera un ejercicio de prestidigitación. Pero esta vez le ha salido mal, lo que pretendía cerrar en falso se le ha vuelto en contra. Porque ahora hay una sentencia que le obliga a comportarse como dice que se comporta.
Así que, si estás entre quienes han visto cómo tu prima variable se recortaba por haber estado de baja, por haber secundado una huelga, por haber sido sancionado o por haber ejercido tu derecho a una licencia sin sueldo, tienes todo el respaldo legal para reclamar lo detraído. La empresa no puede actuar como si el ADP aún estuviera vigente en esa parte. Porque ella misma ha dicho que ya no lo está. Y porque la Audiencia Nacional ha recogido esa afirmación con entusiasmo, firmándola en sentencia judicial.
Desde ALFERRO te animamos a ponerte en contacto con tu delegado o con la sección sindical para canalizar tu reclamación. Porque si algo ha quedado claro en este proceso es que mientras mentir en sede judicial siga saliendo barato, RENFE no va a cambiar su forma de actuar. Pero al menos ahora, con esta sentencia, tiene menos margen para seguir haciéndolo sin consecuencias.