Desde Alternativa Ferroviaria (ALFERRO), hemos presentado alegaciones al borrador de Proyecto de Bases de Convocatorias de Movilidad Voluntaria por Concurso (AGM 2022), que fue enviado a la Representación el Personal el pasado día 10 de noviembre.
Se centran en el cumplimiento de los principios básicos que debe regir en toda la Administración Pública: Igualdad, Mérito, Capacidad, Transparencia y Seguridad Jurídica; así como en garantizar derechos que sí existían en anteriores convocatorias, pero se han visto afectados por la disposición derogatoria que incluye la Norma de Movilidad Voluntaria por concurso aprobada en junio de 2022.
Porque en ALFERRO pensamos que es perfectamente posible tener un sistema de movilidad continua, en el que cada vacante sea adjudicada a la persona que la solicite y tenga mayor derecho. Sin penalizaciones con tiempos de permanencia, que solo pueden crear situaciones de adjudicaciones arbitrarias e injustas. Con convocatorias inmediatamente anteriores a cada OEP y, en todo caso, que no transcurra más de doce meses entre dos consecutivas.
Pero, sobre todo, un sistema totalmente transparente, sin trampa ni cartón, en el que todos los datos sean públicos desde el primer momento, como única garantía de que todo el proceso se desarrolle de manera que se cumplan los principios básicos que debe regir en toda la Administración Pública.
Y, además perfectamente posible, pensamos que sería lo mejor para la empresa contar con un sistema de movilidad ágil y de rápida resolución que permita incluso hacer varias convocatorias al año. Porque no parece que sea lo más positivo para la producción hacerlo cada dos, tres o más años, originando demasiados movimientos de personal de golpe. Por eso nos resulta extraño que las Direcciones Generales no se revelen y eleven una queja por la gestión de los RRHH.
Porque lo que sí parece claro es que los responsables de RRHH han mostrado una gran incompetencia, al no saber gestionar esta masiva renovación de la plantilla que se viene produciendo -motivada por las jubilaciones- y que inevitablemente continuará los próximos años. Como tampoco son capaces de gestionar adecuadamente las OEP, en las cuales el tiempo medio de resolución es de 8 meses desde que se realizan las pruebas selectivas -muy cuestionadas últimamente, por cierto- hasta que los participantes inician su formación.
Sin embargo, a finales de junio de 2022, el CGE acordó un Nuevo Marco de Movilidad y con la una celeridad nunca vista fue incorporado a Convenio. Queda escrito en piedra, todo gracias al CGE, y con ello queda enterrada la tan ansiada movilidad continua.
Porque esta nueva norma supone un retroceso en derechos, no solo respecto a la NMM de 2017 (germen de la movilidad continua), sino incluso respecto a la NMM de 1998 mejorada a los largo de los sucesivos Convenios. Y esto es así, porque la nueva norma deroga buena parte de la Normativa Laboral anterior, sin regular todos los aspectos derogados.
Sin embargo, sí reincorpora a la Normativa Laboral una figura que llevaba derogado décadas: la residencia provisional. Con ello legaliza algo que se estaba aplicando los últimos años, pero sin amparo normativo, dificultando así poder denunciar que en una OEP se cubran plazas no ofrecidas internamente con anterioridad, algo que antes era muy probable ganar judicialmente.
Resumiendo brevemente, algunos de los problemas que nos encontramos en dicho proyecto:
– Fecha efectiva de cambios de la situación laboral relacionada con los ingresos de la OEP 2022. Esto llevará a tener que esperar un año o más, en algunos casos, para empezar a generar el derecho a percibir indemnización por demora de traslado. Teniendo en cuenta el tiempo transcurrido desde la última AGM, por causas ajenas a la persona solicitante, no es de recibo que, en la práctica, quede eliminada esa indemnización.
– La nueva Norma limita el derecho a la promoción profesional, al exigirse tener residencia definitiva y acreditar una antigüedad en la categoría de al menos dos años.
– No se regula ningún permiso para los casos de traslado que suponga cambio de domicilio.
– Total falta de transparencia con relación al número de plazas vacantes ofertadas correspondientes a cada categoría y del número de plazas a adjudicar a resultas. Asimismo, tampoco se contempla la publicación de la plaza que ocupa cada participante, que pudiera ocasionar vacante a resultas.
– Indefinición de la retribución fija de inicio, la variable y los complementos de cada una de las plazas de las categorías de Supervisor y Cuadro Técnico.
– Se limita el número de plazas a solicitar, tanto en traslado a un máximo de 10, como en reconversión y promoción a un máximo de 15, lo cual no obedece a ninguna cuestión técnica, como prueba el hecho de que esté excluido de dicho limite el personal con plaza provisional. No debe haber ningún límite.
– Limitación del plazo para la renuncia a la participación total a los 20 días posteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Tampoco contempla la renuncia parcial, justificada por algún supuesto.
– Dificultad para la acreditación de la titulación exigida.
– Falta de concreción en el tiempo e preaviso de la fecha de realización de pruebas.
Las alegaciones que hemos presentado intentan mejorar todo lo posible unas bases realizadas bajo una Norma Marco de Movilidad nefasta y, seguramente, nos hemos dejado varias cosas en el tintero por el poco tiempo y la complejidad que supone la revisión de una norma complicada de entender, debido a las innumerables salvedades y excepciones que contiene. Y esa falta de claridad que parte de la propia norma, será el origen de confusiones y malos entendidos.
También hemos pedido que le sean remitidas al resto de organizaciones sindicales, para que las analicen, y que se tengan en cuenta antes de publicar las convocatorias definitivas. Esperemos, por el bien de quienes pretenden participar, que lo hagan.
Ofrecemos este nuevo sindicato Alternativa Ferroviaria (ALFERRO), como herramienta a disposición de todas las personas que sientan la necesidad de cambiar las condiciones laborales, de mejorar y recuperar derechos para toda la plantilla de la empresa. ALFERRO es un sindicato participativo, que construimos día a día entre todas, donde toda la afiliación puede opinar y decidir, porque no hay una ejecutiva.
Podéis descargaros el documento de alegaciones que hemos presentado, entrando en la dirección de la sede electrónica de Adif https://sede.adif.gob.es/csv/valida.jsp, mediante el código seguro de verificación: NW40B6DY3APQ3C3KWR51658230 ó escaneando el código QR del comunicado sindical en PDF.
